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sábado, 17 de abril de 2010

Por si vas a Cataluña

NO PAGAR LAS MULTAS DE ESTACIONAMIENTO...

Información interesante: Esquivar una multa en Cataluña resulta relativamente sencillo, sobre todo si el motivo de la sanción es un mal estacionamiento.

Sólo hay que comprobar si la señal de tráfico de prohibido aparcar, zona azul o cualquier otra está escrita exclusivamente en catalán. Si es así(cosa que ocurre en el 100% de los casos), la batalla está ganada.

El único tramite a realizar es recurrir la penalización arguyendo el incumplimiento de los artículos 56 de la Ley de Tráfico(R.D. Legislativo 339/90 de 2 de marzo) y el artículo 138 del Reglamento General de Circulación (R.D 1428/2003 de 21 de noviembre), relativos al idioma de las señales. Ambos apartados normativos obligan a que «las indicaciones escritas de las señales de tráfico se expresen al menos en el idioma oficial del Estado» -Artículo 56-.

La norma establece que esa señalización en la vía pública «figure en idioma castellano, y además, en la lengua oficial de la Comunidad Autónoma cuando la señal esté ubicada en el ámbito territorial de dicha Comunidad»-Artículo 138-.

El Ayuntamiento incumple esta normativa estatal en pro de la causa lingüística y prefiere renunciar a cobrar las multas recurridas por este concepto a rotular en castellano las señales.


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